Legislación › Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
Artículo 92. Moción de censura y cuestión de confianza.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de junio de 2015 y la del 23 de abril de 2019.
Tachado: lo que se quitó (41 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 92. Moción de censura y cuestión de confianza.
La moción de censura y la cuestión de confianza se regirán por lo establecido en la legislación electoral general, con la salvedad de que el presidente del cabildo insular puede plantear la cuestión de confianza sobre su programa en conjunto, sobre una declaración de política general o sobre la aprobación de cualquier asunto o actuación Ley Orgánica de relevancia política. Régimen Electoral General.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de abril de 2019 En vigor | BOE-A-2019-6776 | Leer | Qué cambió |
| 14 de junio de 2015 | Texto original | Leer |


