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Legislación › Ley 17/2014, de 23 de diciembre, de representatividad de las organizaciones profesionales agrarias.

Artículo 18. Duración de la campaña electoral.

Artículo 18. Duración de la campaña electoral.

La campaña electoral empieza el día cuadragésimo primero posterior a la convocatoria de las elecciones, tiene una duración de quince días naturales y finaliza a las doce de la noche del día inmediatamente anterior al de la votación.

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