Legislación › Ley 17/2014, de 23 de diciembre, de representatividad de las organizaciones profesionales agrarias.
Artículo 18. Duración de la campaña electoral.
Artículo 18. Duración de la campaña electoral.
La campaña electoral empieza el día cuadragésimo primero posterior a la convocatoria de las elecciones, tiene una duración de quince días naturales y finaliza a las doce de la noche del día inmediatamente anterior al de la votación.


