Legislación › Ley 21/2014, de 29 de diciembre, del protectorado de las fundaciones y de verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública.
Disposición adicional octava. Medidas de autoevaluación.
Disposición adicional octava. Medidas de autoevaluación.
El Protectorado debe fomentar la creación de órganos de control interno en las fundaciones y las asociaciones declaradas de utilidad pública, así como la evaluación del control de calidad, tanto en lo relativo a los procedimientos internos como a los servicios prestados. Dichos órganos de control deben estar integrados por personas que no formen parte de los órganos de gobierno ni ejerzan funciones de dirección.
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