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Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia.

Artículo 26. Precio máximo de venta y renta de las viviendas protegidas.

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Artículo 26. Precio máximo de venta y renta de las viviendas protegidas.
1. El precio máximo de venta o el precio de referencia para el alquiler de las viviendas de protección oficial protegidas y sus anejos, por metro cuadrado de superficie útil, tanto en primera como en segunda y posteriores transmisiones, se establecerá mediante orden de la consejería competente en materia de vivienda.
2. El precio máximo de venta o el precio de referencia para el alquiler de las viviendas asequibles y sus anejos, por metro cuadrado de superficie construida, tanto en primera como en segunda y posteriores
transmisiones se establecerá mediante orden de la consejería competente en materia de vivienda.
3. Los precios se actualizarán anualmente
mediante orden de la consejería competente en materia de vivienda.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de noviembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-90271 Leer Qué cambió
5 de octubre de 2025 BOE-A-2025-90237 Leer Qué cambió
28 de marzo de 2015 Texto original Leer

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