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Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia.

Artículo 51. Programa de fomento del alquiler.

Artículo 51. Programa de fomento del alquiler.

La Administración regional llevará a cabo, directa o indirectamente, políticas activas para el fomento y potenciación del alquiler de vivienda, estableciéndose las condiciones y alcance de los incentivos y requisitos para el acceso al programa de fomento del alquiler, en disposiciones de carácter general dictadas por el consejero con competencias en materia de vivienda.

Se modifica por el art. 3.8 de la Ley 2/2020, de 27 de julio. BOE-A-2020-9792

Se modifica por el art. 3.8 del Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril. BORM-s-2020-90126

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de agosto de 2020 En vigor BOE-A-2020-9792 Leer Qué cambió
29 de abril de 2020 BOE-A-2020-90126 Leer Qué cambió
28 de marzo de 2015 Texto original Leer

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