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Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia.

Artículo 53. Colaboración entre administraciones públicas.

Artículo 53. Colaboración entre administraciones públicas.

La Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establecerá cauces de cooperación y colaboración con otras administraciones públicas para garantizar el derecho a una vivienda digna en la Región de Murcia y la lucha contra la ocupación. Asimismo, las administraciones locales deberán comunicar a la Administración regional los casos de ocupación detectados en sus municipios.

Se modifica por el art. 1.20 de la Ley 3/2022, de 24 de mayo. BOE-A-2022-11317

Se modifica por el art. 1.20 del Decreto-ley 10/2020, de 8 de octubre. BORM-s-2020-90407

Se modifica por el art. 1.7 de la Ley 10/2016, de 7 de junio. BOE-A-2016-6647.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-11317 Leer Qué cambió
16 de octubre de 2020 BOE-A-2020-90407 Leer Qué cambió
15 de septiembre de 2016 BOE-A-2016-6647 Leer Qué cambió
28 de marzo de 2015 Texto original Leer

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