Legislación › Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
Artículo 117. Graduación de las multas.
Artículo 117. Graduación de las multas.
De conformidad con los criterios establecidos en los artículos anteriores, la sanción de multa podrá imponerse en los grados mínimo, medio y máximo:
a) Para las infracciones leves: entre 100 y 250 euros en su grado mínimo; de 251 a 500 euros en su grado medio, y de 501 a 1.000 euros en su grado máximo.
b) Para las infracciones graves: de 1.001 a 2.000 euros en su grado mínimo; de 2.001 a 5.000 euros en su grado medio; de 5.001 a 10.000 euros en su grado máximo.
c) Para las infracciones muy graves: de 10.001 a 15.000 euros en su grado mínimo; de 15.001 a 20.000 euros en su grado medio; de 20.001 a 50.000 euros en su grado máximo.


