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Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 30 de abril de 2015 · Último cambio el 27 de marzo de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  5. Artículo 2. Derecho al deporte e interés general de la actividad física y el deporte.
  6. Artículo 3. Principios generales de actuación.
  7. Artículo 4. Igualdad de mujeres y hombres.
  8. TÍTULO I
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 5. Competencias del Consejo de Gobierno.
  11. Artículo 6. Competencias de la consejería competente en materia de actividad física y deporte.
  12. Artículo 7. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el sistema deportivo de la Región de Murcia.
  13. Artículo 8. Competencias de la Dirección General competente en materia de la actividad física y el deporte.
  14. Artículo 9. Del Consejo Asesor Regional de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
  15. CAPÍTULO II
  16. Artículo 10. Competencias de los municipios.
  17. TÍTULO II
  18. CAPÍTULO I
  19. Articulo 11. Deportistas.
  20. Artículo 12. Promoción de la actividad física y el deporte para todos.
  21. Artículo 13. Fomento de la actividad físico-deportiva libre y espontánea.
  22. Artículo 14. Integración e inclusión de la actividad física y el deporte de las personas con discapacidad.
  23. Artículo 15.–Deporte para personas mayores.
  24. Artículo 16. Actividad deportiva en el medio natural.
  25. CAPÍTULO II
  26. Artículo 17. Concepto de actividad física y deporte en edad escolar.
  27. Artículo 18. Programa de actividad física y deporte en edad escolar.
  28. Artículo 19. Ejecución de los programas de actividad física y deporte en edad escolar.
  29. Artículo 20. Retención de menores.
  30. Articulo 21. Comité de Actividad Física y Deporte en Edad Escolar de la Región de Murcia.
  31. CAPÍTULO III
  32. Artículo 22. Concepto.
  33. Artículo 23. Autonomía universitaria.
  34. Artículo 24. Colaboración de los poderes públicos. Participación en competiciones oficiales federadas.
  35. Artículo 25. Comité de Actividad Física y Deporte Universitario de la Región de Murcia.
  36. TÍTULO III
  37. Artículo 26. Formación de técnicos, árbitros y jueces deportivos. Escuela del Deporte de la Región de Murcia.
  38. Artículo 27. Investigación.
  39. Artículo 28. Exigencia de titulaciones deportivas.
  40. Artículo 29. Protección sanitaria.
  41. TÍTULO IV
  42. CAPÍTULO I
  43. Artículo 30. Concepto y clasificación.
  44. Artículo 31. Ordenación territorial de las instalaciones deportivas.
  45. CAPÍTULO II
  46. Artículo 32. Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de la Región de Murcia.
  47. Artículo 33. Instalaciones deportivas en centros públicos de enseñanza no universitarios.
  48. Artículo 34. Planes locales de instalaciones deportivas.
  49. Artículo 35. Planeamiento urbanístico.
  50. Artículo 36. Declaración de utilidad pública.
  51. CAPÍTULO III
  52. Artículo 37. Normativa de instalaciones y equipamientos deportivos.
  53. Artículo 38. Aplicación de la normativa de instalaciones deportivas.
  54. Artículo 39. Cobertura de riesgos de las instalaciones deportivas.
  55. Artículo 40. Uso por la Administración autonómica de las instalaciones financiadas por ella.
  56. Artículo 41. Información en instalaciones deportivas.
  57. Artículo 42. Registro de Instalaciones Deportivas de la Región de Murcia.
  58. TÍTULO V
  59. CAPÍTULO I
  60. Artículo 43. Clasificación de las entidades deportivas.
  61. Artículo 44. Régimen jurídico.
  62. CAPÍTULO II
  63. Artículo 45. Naturaleza jurídica.
  64. Artículo 46. Exclusividad.
  65. Artículo 47. Estructura interna y funcionamiento.
  66. Artículo 48. Reconocimiento de modalidades y especialidades deportivas.
  67. Artículo 49. Constitución y revocación de federaciones deportivas.
  68. Artículo 50. Inscripción, publicidad y entrada en vigor de los estatutos y reglamentos.
  69. Artículo 51. Delegación de funciones públicas.
  70. Artículo 52. Adscripción federativa.
  71. Artículo 53. Selecciones de la Región de Murcia.
  72. Artículo 54. Régimen económico.
  73. Artículo 55. Medidas de control especial.
  74. Artículo 56. Intervención administrativa.
  75. Artículo 57. Avocación.
  76. Artículo 58. Directivos. Concepto y vinculación orgánica.
  77. Artículo 59. Régimen jurídico de los directivos.
  78. CAPÍTULO III
  79. Artículo 60. Naturaleza y régimen jurídico.
  80. Artículo 61. Reconocimiento oficial.
  81. Artículo 62. Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.
  82. Artículo 63. Revocación del reconocimiento oficial.
  83. CAPÍTULO IV
  84. Artículo 64. Sociedades anónimas deportivas y su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.
  85. CAPÍTULO V
  86. Artículo 65. Naturaleza y régimen jurídico.
  87. Artículo 66. Constitución.
  88. Artículo 67. Reconocimiento.
  89. Artículo 68. Régimen supletorio.
  90. CAPÍTULO VI
  91. Artículo 69. Naturaleza y objeto.
  92. Artículo 70. Efectos de la inscripción en el registro.
  93. Artículo 71. Protección del nombre, símbolos y emblemas.
  94. Artículo 72. Actos sujetos a inscripción.
  95. TÍTULO VI
  96. Artículo 73. Clasificación de las competiciones.
  97. Artículo 74. Organización de competiciones.
  98. Artículo 75. Necesidad de licencia.
  99. Artículo 76. Carácter reglado de las licencias. Obtención por silencio.
  100. Artículo 77. Emisión de licencias federativas.
  101. Artículo 78. Medidas de protección para los deportistas con licencia federada.
  102. TÍTULO VII
  103. Artículo 79. Deportistas de alto nivel y deportistas de alto rendimiento.
  104. Artículo 80. Medidas de apoyo y condiciones.
  105. Artículo 81. Programas de tecnificación deportiva y servicios de apoyo a los deportistas.
  106. TÍTULO VIII
  107. Artículo 82. Medidas de prevención, control y represión.
  108. Artículo 83. Lista de sustancias y métodos prohibidos.
  109. Artículo 84. Controles antidopaje.
  110. Artículo 85. Aplicación de la legislación estatal.
  111. TÍTULO IX
  112. Artículo 86. Medidas de prevención, control y represión.
  113. Artículo 87. Aplicación de la legislación estatal.
  114. TÍTULO X
  115. CAPÍTULO I
  116. Artículo 88. Funciones.
  117. Artículo 89. Obligaciones de los ciudadanos.
  118. Artículo 90. Actuación de la Inspección Deportiva.
  119. Artículo 91. Planes de inspección deportiva.
  120. CAPÍTULO II
  121. Artículo 92. Objeto y ámbito de aplicación.
  122. Artículo 93. Infracciones administrativas en materia deportiva. Concepto y clases.
  123. Artículo 94. Sujetos responsables.
  124. Artículo 95. Infracciones muy graves.
  125. Artículo 96. Infracciones graves.
  126. Artículo 97. Infracciones leves.
  127. Artículo 98. Efectos.
  128. Artículo 99. Sanciones.
  129. Artículo 100. Criterios para la graduación.
  130. Artículo 101. Reincidencia.
  131. Artículo 102. Graduación de las multas.
  132. Artículo 103. Prescripción de infracciones y sanciones.
  133. Artículo 104. Procedimiento sancionador.
  134. Artículo 105. Órganos competentes.
  135. Artículo 106. Infracciones constitutivas de delito o falta.
  136. TÍTULO XI
  137. CAPÍTULO I
  138. Artículo 107. Ámbito de aplicación.
  139. Artículo 108. Potestad disciplinaria.
  140. Artículo 109. Disposiciones disciplinarias de las federaciones deportivas.
  141. Artículo 110. Clases de infracciones y tipificación.
  142. Artículo 111. Infracciones muy graves.
  143. Artículo 112. Infracciones graves.
  144. Artículo 113. Infracciones leves.
  145. Artículo 114. Sanciones.
  146. Artículo 115. Circunstancias modificativas de la responsabilidad.
  147. Artículo 116. Reincidencia.
  148. Artículo 117. Graduación de las multas.
  149. Artículo 118. Causas de extinción de la responsabilidad.
  150. Artículo 119. Prescripción de infracciones y sanciones.
  151. CAPÍTULO II
  152. Sección 1
  153. Artículo 120. Garantías de los procedimientos disciplinarios.
  154. Artículo 121. Ejecutividad de las sanciones.
  155. Sección 2
  156. Artículo 122. Ámbito de aplicación.
  157. Artículo 123. Iniciación.
  158. Artículo 124. Traslado a las personas interesadas.
  159. Artículo 125. Alegaciones.
  160. Artículo 126. Prueba.
  161. Artículo 127. Resolución.
  162. Artículo 128. Notificación.
  163. Sección 3
  164. Artículo 129. Ámbito de aplicación.
  165. Artículo 130. Iniciación.
  166. Artículo 131. Actuaciones previas.
  167. Artículo 132. Apertura o archivo del expediente.
  168. Artículo 133. Nombramiento de instructor y secretario.
  169. Artículo 134. Proposición y práctica de prueba.
  170. Artículo 135. Propuesta de resolución.
  171. Artículo 136. Resolución.
  172. CAPÍTULO III
  173. Artículo 137. Órganos y plazos.
  174. CAPÍTULO IV
  175. Artículo 138. Concurrencia de responsabilidades disciplinarias y penales.
  176. Artículo 139. Concurrencia de responsabilidades disciplinarias y administrativas.
  177. TÍTULO XII
  178. Artículo 140. Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia.
  179. Artículo 141. Composición.
  180. Artículo 142. Mandato.
  181. Artículo 143. Miembros.
  182. Artículo 144. Causas de incompatibilidad.
  183. Artículo 145. Funciones de la presidencia.
  184. Artículo 146. Funciones de la vicepresidencia.
  185. Artículo 147. Funciones de la secretaría.
  186. Artículo 148. Funciones del Comité.
  187. Artículo 149. Organización del Comité.
  188. Artículo 150. Constitución.
  189. Artículo 151. Sesiones y demás actuaciones del Pleno y de las Secciones.
  190. Artículo 152. Tramitación de los expedientes.
  191. Artículo 153. Medidas cautelares.
  192. Artículo 154. Resoluciones.
  193. Artículo 155. Resoluciones aclaratorias y rectificaciones.
  194. Artículo 156. Publicidad de las resoluciones.
  195. Artículo 157. Naturaleza de las resoluciones y recursos.
  196. TÍTULO XIII
  197. Artículo 158. Arbitraje y mediación.
  198. Artículo 159. Sección arbitral y de mediación del Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia.
  199. Artículo 160. Sumisión voluntaria y arbitraje estatutario.
  200. Artículo 161. Promoción del arbitraje y la mediación.
  201. Disposición adicional primera. Reconocimiento oficial de modalidades y especialidades deportivas.
  202. Disposición adicional segunda. Asistencia sanitaria en el ámbito de la actividad física y deporte en edad escolar.
  203. Disposición adicional tercera. Género masculino y femenino.
  204. Disposición transitoria primera. Habilitación de funcionarios para realización de funciones inspectoras.
  205. Disposición transitoria segunda. Normas sobre instalaciones deportivas.
  206. Disposición transitoria tercera. Adaptación de estatutos de entidades deportivas.
  207. Disposición transitoria cuarta. Procedimientos sancionadores y disciplinarios.
  208. Disposición transitoria quinta. Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia.
  209. Disposición transitoria sexta. Transformación de las entidades de promoción y recreación deportiva.
  210. Disposición transitoria séptima. Contenido de los reconocimientos médicos.
  211. Disposición transitoria octava. Vigencia de las disposiciones reglamentarias.
  212. Disposición derogatoria única.
  213. Disposición final primera. «Región de Murcia Deportes, SAU».
  214. Disposición final segunda. Actualización de cuantía de sanciones.
  215. Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario de los Comités.
  216. Disposición final cuarta. Desarrollo de la ley.
  217. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  218. Firma