Legislación › Ley
Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 30 de abril de 2015 · Último cambio el 27 de marzo de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Derecho al deporte e interés general de la actividad física y el deporte.
- Artículo 3. Principios generales de actuación.
- Artículo 4. Igualdad de mujeres y hombres.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Competencias del Consejo de Gobierno.
- Artículo 6. Competencias de la consejería competente en materia de actividad física y deporte.
- Artículo 7. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el sistema deportivo de la Región de Murcia.
- Artículo 8. Competencias de la Dirección General competente en materia de la actividad física y el deporte.
- Artículo 9. Del Consejo Asesor Regional de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Competencias de los municipios.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Articulo 11. Deportistas.
- Artículo 12. Promoción de la actividad física y el deporte para todos.
- Artículo 13. Fomento de la actividad físico-deportiva libre y espontánea.
- Artículo 14. Integración e inclusión de la actividad física y el deporte de las personas con discapacidad.
- Artículo 15.–Deporte para personas mayores.
- Artículo 16. Actividad deportiva en el medio natural.
- CAPÍTULO II
- Artículo 17. Concepto de actividad física y deporte en edad escolar.
- Artículo 18. Programa de actividad física y deporte en edad escolar.
- Artículo 19. Ejecución de los programas de actividad física y deporte en edad escolar.
- Artículo 20. Retención de menores.
- Articulo 21. Comité de Actividad Física y Deporte en Edad Escolar de la Región de Murcia.
- CAPÍTULO III
- Artículo 22. Concepto.
- Artículo 23. Autonomía universitaria.
- Artículo 24. Colaboración de los poderes públicos. Participación en competiciones oficiales federadas.
- Artículo 25. Comité de Actividad Física y Deporte Universitario de la Región de Murcia.
- TÍTULO III
- Artículo 26. Formación de técnicos, árbitros y jueces deportivos. Escuela del Deporte de la Región de Murcia.
- Artículo 27. Investigación.
- Artículo 28. Exigencia de titulaciones deportivas.
- Artículo 29. Protección sanitaria.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 30. Concepto y clasificación.
- Artículo 31. Ordenación territorial de las instalaciones deportivas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 32. Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de la Región de Murcia.
- Artículo 33. Instalaciones deportivas en centros públicos de enseñanza no universitarios.
- Artículo 34. Planes locales de instalaciones deportivas.
- Artículo 35. Planeamiento urbanístico.
- Artículo 36. Declaración de utilidad pública.
- CAPÍTULO III
- Artículo 37. Normativa de instalaciones y equipamientos deportivos.
- Artículo 38. Aplicación de la normativa de instalaciones deportivas.
- Artículo 39. Cobertura de riesgos de las instalaciones deportivas.
- Artículo 40. Uso por la Administración autonómica de las instalaciones financiadas por ella.
- Artículo 41. Información en instalaciones deportivas.
- Artículo 42. Registro de Instalaciones Deportivas de la Región de Murcia.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 43. Clasificación de las entidades deportivas.
- Artículo 44. Régimen jurídico.
- CAPÍTULO II
- Artículo 45. Naturaleza jurídica.
- Artículo 46. Exclusividad.
- Artículo 47. Estructura interna y funcionamiento.
- Artículo 48. Reconocimiento de modalidades y especialidades deportivas.
- Artículo 49. Constitución y revocación de federaciones deportivas.
- Artículo 50. Inscripción, publicidad y entrada en vigor de los estatutos y reglamentos.
- Artículo 51. Delegación de funciones públicas.
- Artículo 52. Adscripción federativa.
- Artículo 53. Selecciones de la Región de Murcia.
- Artículo 54. Régimen económico.
- Artículo 55. Medidas de control especial.
- Artículo 56. Intervención administrativa.
- Artículo 57. Avocación.
- Artículo 58. Directivos. Concepto y vinculación orgánica.
- Artículo 59. Régimen jurídico de los directivos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 60. Naturaleza y régimen jurídico.
- Artículo 61. Reconocimiento oficial.
- Artículo 62. Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.
- Artículo 63. Revocación del reconocimiento oficial.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 64. Sociedades anónimas deportivas y su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 65. Naturaleza y régimen jurídico.
- Artículo 66. Constitución.
- Artículo 67. Reconocimiento.
- Artículo 68. Régimen supletorio.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 69. Naturaleza y objeto.
- Artículo 70. Efectos de la inscripción en el registro.
- Artículo 71. Protección del nombre, símbolos y emblemas.
- Artículo 72. Actos sujetos a inscripción.
- TÍTULO VI
- Artículo 73. Clasificación de las competiciones.
- Artículo 74. Organización de competiciones.
- Artículo 75. Necesidad de licencia.
- Artículo 76. Carácter reglado de las licencias. Obtención por silencio.
- Artículo 77. Emisión de licencias federativas.
- Artículo 78. Medidas de protección para los deportistas con licencia federada.
- TÍTULO VII
- Artículo 79. Deportistas de alto nivel y deportistas de alto rendimiento.
- Artículo 80. Medidas de apoyo y condiciones.
- Artículo 81. Programas de tecnificación deportiva y servicios de apoyo a los deportistas.
- TÍTULO VIII
- Artículo 82. Medidas de prevención, control y represión.
- Artículo 83. Lista de sustancias y métodos prohibidos.
- Artículo 84. Controles antidopaje.
- Artículo 85. Aplicación de la legislación estatal.
- TÍTULO IX
- Artículo 86. Medidas de prevención, control y represión.
- Artículo 87. Aplicación de la legislación estatal.
- TÍTULO X
- CAPÍTULO I
- Artículo 88. Funciones.
- Artículo 89. Obligaciones de los ciudadanos.
- Artículo 90. Actuación de la Inspección Deportiva.
- Artículo 91. Planes de inspección deportiva.
- CAPÍTULO II
- Artículo 92. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 93. Infracciones administrativas en materia deportiva. Concepto y clases.
- Artículo 94. Sujetos responsables.
- Artículo 95. Infracciones muy graves.
- Artículo 96. Infracciones graves.
- Artículo 97. Infracciones leves.
- Artículo 98. Efectos.
- Artículo 99. Sanciones.
- Artículo 100. Criterios para la graduación.
- Artículo 101. Reincidencia.
- Artículo 102. Graduación de las multas.
- Artículo 103. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 104. Procedimiento sancionador.
- Artículo 105. Órganos competentes.
- Artículo 106. Infracciones constitutivas de delito o falta.
- TÍTULO XI
- CAPÍTULO I
- Artículo 107. Ámbito de aplicación.
- Artículo 108. Potestad disciplinaria.
- Artículo 109. Disposiciones disciplinarias de las federaciones deportivas.
- Artículo 110. Clases de infracciones y tipificación.
- Artículo 111. Infracciones muy graves.
- Artículo 112. Infracciones graves.
- Artículo 113. Infracciones leves.
- Artículo 114. Sanciones.
- Artículo 115. Circunstancias modificativas de la responsabilidad.
- Artículo 116. Reincidencia.
- Artículo 117. Graduación de las multas.
- Artículo 118. Causas de extinción de la responsabilidad.
- Artículo 119. Prescripción de infracciones y sanciones.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 120. Garantías de los procedimientos disciplinarios.
- Artículo 121. Ejecutividad de las sanciones.
- Sección 2
- Artículo 122. Ámbito de aplicación.
- Artículo 123. Iniciación.
- Artículo 124. Traslado a las personas interesadas.
- Artículo 125. Alegaciones.
- Artículo 126. Prueba.
- Artículo 127. Resolución.
- Artículo 128. Notificación.
- Sección 3
- Artículo 129. Ámbito de aplicación.
- Artículo 130. Iniciación.
- Artículo 131. Actuaciones previas.
- Artículo 132. Apertura o archivo del expediente.
- Artículo 133. Nombramiento de instructor y secretario.
- Artículo 134. Proposición y práctica de prueba.
- Artículo 135. Propuesta de resolución.
- Artículo 136. Resolución.
- CAPÍTULO III
- Artículo 137. Órganos y plazos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 138. Concurrencia de responsabilidades disciplinarias y penales.
- Artículo 139. Concurrencia de responsabilidades disciplinarias y administrativas.
- TÍTULO XII
- Artículo 140. Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia.
- Artículo 141. Composición.
- Artículo 142. Mandato.
- Artículo 143. Miembros.
- Artículo 144. Causas de incompatibilidad.
- Artículo 145. Funciones de la presidencia.
- Artículo 146. Funciones de la vicepresidencia.
- Artículo 147. Funciones de la secretaría.
- Artículo 148. Funciones del Comité.
- Artículo 149. Organización del Comité.
- Artículo 150. Constitución.
- Artículo 151. Sesiones y demás actuaciones del Pleno y de las Secciones.
- Artículo 152. Tramitación de los expedientes.
- Artículo 153. Medidas cautelares.
- Artículo 154. Resoluciones.
- Artículo 155. Resoluciones aclaratorias y rectificaciones.
- Artículo 156. Publicidad de las resoluciones.
- Artículo 157. Naturaleza de las resoluciones y recursos.
- TÍTULO XIII
- Artículo 158. Arbitraje y mediación.
- Artículo 159. Sección arbitral y de mediación del Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia.
- Artículo 160. Sumisión voluntaria y arbitraje estatutario.
- Artículo 161. Promoción del arbitraje y la mediación.
- Disposición adicional primera. Reconocimiento oficial de modalidades y especialidades deportivas.
- Disposición adicional segunda. Asistencia sanitaria en el ámbito de la actividad física y deporte en edad escolar.
- Disposición adicional tercera. Género masculino y femenino.
- Disposición transitoria primera. Habilitación de funcionarios para realización de funciones inspectoras.
- Disposición transitoria segunda. Normas sobre instalaciones deportivas.
- Disposición transitoria tercera. Adaptación de estatutos de entidades deportivas.
- Disposición transitoria cuarta. Procedimientos sancionadores y disciplinarios.
- Disposición transitoria quinta. Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia.
- Disposición transitoria sexta. Transformación de las entidades de promoción y recreación deportiva.
- Disposición transitoria séptima. Contenido de los reconocimientos médicos.
- Disposición transitoria octava. Vigencia de las disposiciones reglamentarias.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. «Región de Murcia Deportes, SAU».
- Disposición final segunda. Actualización de cuantía de sanciones.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario de los Comités.
- Disposición final cuarta. Desarrollo de la ley.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma


