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Legislación › Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

Artículo 62. Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.

Artículo 62. Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.

1. Los estatutos de los clubes deportivos de la Región de Murcia, así como sus modificaciones, una vez aprobados administrativamente, se inscribirán en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia.

2. La existencia de un club deportivo se acreditará mediante certificación de la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia o mediante cualquier medio aceptado en Derecho.

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