Legislación › Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
Artículo 68. Régimen supletorio.
Artículo 68. Régimen supletorio.
Las disposiciones previstas en el capítulo III del presente título serán de aplicación a las secciones deportivas en todo lo no regulado en este capítulo, siempre que sean compatibles con la naturaleza de las mismas.


