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Legislación › Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

Artículo 69. Naturaleza y objeto.

Artículo 69. Naturaleza y objeto.

1. El Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia tiene naturaleza de oficina pública, adscrita a la consejería competente en materia de actividad física y deporte, en la que se podrán inscribir las entidades deportivas reguladas en la presente ley, cuyo funcionamiento se desarrollará reglamentariamente.

2. Dicho registro es público y cualquier interesado puede consultar los datos que consten en el mismo en los términos de la legislación del procedimiento administrativo común y de acceso a la información pública y sin perjuicio de las limitaciones que puedan venir determinadas en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

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