Legislación › Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
Artículo 69. Naturaleza y objeto.
Artículo 69. Naturaleza y objeto.
1. El Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia tiene naturaleza de oficina pública, adscrita a la consejería competente en materia de actividad física y deporte, en la que se podrán inscribir las entidades deportivas reguladas en la presente ley, cuyo funcionamiento se desarrollará reglamentariamente.
2. Dicho registro es público y cualquier interesado puede consultar los datos que consten en el mismo en los términos de la legislación del procedimiento administrativo común y de acceso a la información pública y sin perjuicio de las limitaciones que puedan venir determinadas en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.


