Legislación › Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
Artículo 161. Promoción del arbitraje y la mediación.
Artículo 161. Promoción del arbitraje y la mediación.
La Administración regional propiciará y dará a conocer los procedimientos arbitrales y de mediación como fórmulas idóneas para la resolución de los conflictos deportivos estableciendo y publicitando incentivos para los agentes deportivos que acudan a ella.


