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Legislación › Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

Artículo 35. Planeamiento urbanístico.

Artículo 35. Planeamiento urbanístico.

En el marco de la legislación urbanística, los instrumentos de planeamiento deberán incorporar las determinaciones precisas para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Plan Director y en los planes locales de instalaciones deportivas.

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