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Legislación › Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

Disposición transitoria octava. Vigencia de las disposiciones reglamentarias.

Disposición transitoria octava. Vigencia de las disposiciones reglamentarias.

Hasta tanto no se desarrolle reglamentariamente lo dispuesto en esta ley, seguirán en vigor las actuales disposiciones reglamentarias en todo lo que no se oponga o contradiga a esta ley.

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