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Legislación › Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra.

Disposición transitoria tercera. Devengo del recurso cameral no prescrito.

Disposición transitoria tercera. Devengo del recurso cameral no prescrito.

Sin perjuicio de la supresión del recurso cameral permanente, ello no alterará la exigibilidad de las cuotas del citado recurso no prescritas, devengadas con arreglo a la norma que se deroga.

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