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Legislación › Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.

Artículo 41. Clasificación profesional del personal laboral.

Artículo 41. Clasificación profesional del personal laboral.

El personal laboral se clasificará de conformidad con lo dispuesto en la legislación laboral y en los convenios colectivos.

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