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Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 6 de mayo de 2015 · Último cambio el 26 de junio de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios rectores.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Ámbito especial.
- TÍTULO I
- Artículo 5. Órganos superiores de dirección en materia de función pública.
- Artículo 6. Atribuciones del Consejo de Gobierno.
- Artículo 7. Atribuciones de la Consejería competente en materia de función publica.
- Artículo 8. Atribuciones de la Consejería competente en materia de presupuestos.
- Artículo 9. Atribuciones de los Consejeros.
- Artículo 10. Otros órganos competentes en materia de función pública.
- Artículo 11. Comisión de Coordinación Interadministrativa de la Función Pública de Extremadura.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 12. Concepto y clases de personal empleado público.
- Artículo 13. Concepto de personal funcionario de carrera.
- Artículo 14. Funciones reservadas al personal funcionario.
- Artículo 15. Concepto de personal funcionario interino.
- Artículo 16. Nombramiento de personal funcionario interino. 3 redacciones · cambió el 26/06/2025
- Artículo 17. Cese del personal funcionario interino.
- Artículo 18. Personal laboral.
- Artículo 19. Personal eventual.
- CAPÍTULO II
- Artículo 20. Concepto de personal directivo profesional.
- Artículo 21. Puestos de trabajo de personal directivo profesional.
- Artículo 22. Designación y cese del personal directivo profesional. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 23. Régimen jurídico aplicable al personal directivo profesional.
- Artículo 24. Responsabilidad por la gestión: evaluación de resultados.
- Artículo 25. Retribuciones e indemnizaciones.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 26. La planificación de los recursos humanos.
- Artículo 27. Planes de ordenación del empleo público.
- Artículo 28. Plantillas presupuestarias.
- Artículo 29. Oferta de empleo público.
- CAPÍTULO II
- Artículo 30. El puesto de trabajo.
- Artículo 31. Clases de puestos de trabajo.
- Artículo 32. Agrupación de puestos de trabajo. Áreas funcionales.
- Artículo 33. Las relaciones de puestos de trabajo.
- Artículo 34. Contenido de las relaciones de puestos de trabajo.
- Artículo 35. Procedimiento de aprobación y modificación de las relaciones de puestos de trabajo.
- Artículo 36. Instrumentos complementarios de gestión.
- Artículo 37. Cuerpos y escalas de funcionarios.
- Artículo 38. Grupos y subgrupos de clasificación profesional.
- Artículo 39. Creación de los cuerpos y escalas de funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Artículo 40. Especialidades.
- Artículo 41. Clasificación profesional del personal laboral.
- Artículo 42. Estructuración del empleo público de la Administración local.
- CAPÍTULO III
- Artículo 43. Objeto y organización.
- Artículo 44. Efectos de la inscripción.
- Artículo 45. Derecho de acceso y certificaciones.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 46. Derechos individuales.
- Artículo 47. Derechos individuales ejercidos colectivamente.
- CAPÍTULO II
- Artículo 48. Jornada general.
- Artículo 49. Jornadas especiales.
- Artículo 50. Teletrabajo.
- Artículo 51. Vacaciones.
- Artículo 52. Permisos y reducciones de jornada por razones familiares y personales.
- Artículo 53. Otros permisos. 3 redacciones · cambió el 26/06/2025
- Artículo 54. Jornada de trabajo, vacaciones y permisos del personal laboral.
- CAPÍTULO III
- Artículo 55. Retribuciones del personal funcionario de carrera.
- Artículo 56. Retribuciones básicas.
- Artículo 57. Retribuciones complementarias.
- Artículo 58. Pagas extraordinarias.
- Artículo 59. Indemnizaciones por razón de servicio.
- Artículo 60. Retribuciones del personal funcionario interino.
- Artículo 61. Retribuciones del personal funcionario en prácticas.
- Artículo 62. Retribuciones del personal laboral.
- Artículo 63. Retribuciones del personal eventual.
- Artículo 64. Retribuciones diferidas.
- Artículo 65. Incrementos retributivos.
- Artículo 66. Deducción de retribuciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 67. Deberes. Código de conducta.
- Artículo 68. Responsabilidad social corporativa.
- Artículo 69. Régimen de incompatibilidades.
- CAPÍTULO V
- Artículo 70. Derecho a la formación. 2 redacciones · cambió el 14/12/2016
- Artículo 71. Deber de formación.
- Artículo 72. La Escuela de Administración Pública de Extremadura.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 73. Derecho a la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- TÍTULO V
- Artículo 74. Normativa de aplicación.
- Artículo 75. Mesa Común de Negociación de las Administraciones Públicas de Extremadura.
- Artículo 76. Mesa de Negociación de la Administración Local de Extremadura.
- Artículo 77. Mesas Generales de Negociación de las distintas Administraciones Públicas.
- Artículo 78. Constitución y composición de las Mesas de Negociación.
- Artículo 79. Materias objeto de negociación.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 80. Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera.
- Artículo 81. Causas de la pérdida de la condición de personal funcionario de carrera.
- Artículo 82. Renuncia.
- Artículo 83. Pérdida de la nacionalidad.
- Artículo 84. Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.
- Artículo 85. Jubilación. 3 redacciones · cambió el 26/06/2025
- Artículo 86. Rehabilitación de la condición de personal funcionario.
- Artículo 87. Adquisición y pérdida de la condición de personal laboral fijo.
- Artículo 87 bis. Discapacidad sobrevenida y deterioro progresivo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 88. Principios rectores del acceso al empleo público.
- Artículo 89. Requisitos para el acceso al empleo público.
- Artículo 90. Acceso al empleo público de Extremadura de nacionales de otros Estados.
- CAPÍTULO III
- Artículo 91. Promoción del acceso a la función pública de la Administración Pública de Extremadura de las personas con discapacidad.
- Artículo 92. Reserva de plazas.
- Artículo 93. Colaboración y cooperación con otras entidades.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 94. Principios.
- Artículo 95. Sistemas selectivos.
- Artículo 96. Selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal.
- Artículo 97. Órganos de selección.
- Artículo 98. Funcionamiento.
- CAPÍTULO V
- Artículo 99. Convocatorias.
- Artículo 100. Periodos de prácticas y cursos selectivos.
- Artículo 101. Adjudicación de puestos de trabajo al personal funcionario de carrera de nuevo ingreso.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 102. Concepto y principios.
- Artículo 103. Modalidades de carrera profesional.
- CAPÍTULO II
- Artículo 104. Carrera profesional vertical.
- Artículo 105. Carrera profesional horizontal. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- CAPÍTULO III
- Artículo 106. Concepto y modalidades de promoción interna.
- Artículo 107. Promoción interna vertical.
- Artículo 108. Promoción interna horizontal.
- Artículo 109. Requisitos para la promoción interna.
- Artículo 110. Sistemas selectivos para la promoción interna.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 111. Carrera profesional y promoción del personal laboral.
- Artículo 112. Promoción interna cruzada.
- CAPÍTULO IV BIS
- Artículo 112 bis. Carrera profesional y promoción de los empleados públicos con discapacidad.
- CAPÍTULO V
- Artículo 113. Evaluación del desempeño. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- TÍTULO VIII
- Artículo 114. Principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera.
- Artículo 115. Concurso de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera.
- Artículo 116. Convocatoria.
- Artículo 117. Méritos valorables.
- Artículo 118. Resolución.
- Artículo 119. Comisión Técnica de Valoración.
- Artículo 120. Remoción de los funcionarios que hayan obtenido un puesto de trabajo por concurso.
- Artículo 121. Libre designación.
- Artículo 122. Comisión de servicios.
- Artículo 123. Comisión de servicios interadministrativa o para la realización de misiones de cooperación internacional.
- Artículo 124. Comisión de servicios forzosa.
- Artículo 125. Atribución temporal de funciones. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 126. Redistribución de efectivos.
- Artículo 127. Reasignación de efectivos.
- Artículo 128. Adscripción provisional.
- Artículo 129. Permuta.
- Artículo 130. Movilidad por causa de violencia de género.
- Artículo 131. Movilidad interadministrativa.
- Artículo 132. Movilidad por motivos de salud.
- TÍTULO IX
- Artículo 133. Situaciones administrativas de los funcionarios de carrera.
- Artículo 134. Servicio activo.
- Artículo 135. Servicios especiales. 2 redacciones · cambió el 14/12/2016
- Artículo 136. Servicio en otras Administraciones Públicas.
- Artículo 137. Excedencia voluntaria por interés particular. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 138. Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
- Artículo 139. Excedencia voluntaria por prestar servicios en el sector público.
- Artículo 140. Excedencia voluntaria por nombramiento provisional. 2 redacciones · cambió el 24/01/2018
- Artículo 141. Excedencia voluntaria para el cuidado de familiares.
- Artículo 142. Excedencia voluntaria por razón de violencia de género.
- Artículo 143. Excedencia con reserva de puesto.
- Artículo 144. Excedencia forzosa.
- Artículo 145. Suspensión de funciones.
- Artículo 146. Reingreso al servicio activo.
- Artículo 147. Situaciones administrativas del personal funcionario interino.
- Artículo 148. Situaciones administrativas del personal laboral.
- TÍTULO X
- Artículo 149. Exigencia de responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 150. Ejercicio de la potestad disciplinaria.
- Artículo 151. Clasificación de las faltas disciplinarias.
- Artículo 152. Faltas muy graves.
- Artículo 153. Faltas graves.
- Artículo 154. Faltas leves.
- Artículo 155. Cómputo del período del mes.
- Artículo 156. Normas generales del procedimiento disciplinario.
- Artículo 157. Medidas provisionales.
- Artículo 158. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 159. Criterios de graduación de las faltas y de las sanciones.
- Artículo 160. Prescripción de las faltas y de las sanciones.
- Artículo 161. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 162. Cancelación de sanciones.
- Disposición adicional primera. Cuerpos y escalas.
- Disposición adicional segunda. Creación de la agrupación profesional de personal funcionario subalterno de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Disposición adicional tercera. Determinación de las unidades electorales en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Disposición adicional cuarta. Personal laboral por tiempo indefinido.
- Disposición adicional quinta. Acceso al empleo público de personas con discapacidad.
- Disposición adicional sexta. Regímenes de Seguridad Social.
- Disposición adicional séptima. Reingreso de personal excedente afectado por un proceso de transferencias.
- Disposición adicional octava. Promoción Interna temporal.
- Disposición adicional novena. Promoción interna en el puesto de trabajo.
- Disposición adicional décima. Profesorado de Religión.
- Disposición adicional undécima. Modificación de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura.
- Disposición adicional duodécima. Régimen jurídico aplicable al personal funcionario sanitario del Servicio Extremeño de Salud.
- Disposición adicional decimotercera. Designación de órganos de selección encargados de valorar los méritos de la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, por el sistema de concurso, prevista en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
- Disposición transitoria primera. Implantación de sistemas de evaluación del desempeño.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de retribuciones. Garantía de derechos retributivos.
- Disposición transitoria tercera. Titulaciones académicas.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio del grado personal. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Disposición transitoria quinta. Situación administrativa del personal docente no universitario nombrado para desempeñar puestos en las Áreas Funcionales de la Alta Inspección Educativa.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. 3 redacciones · cambió el 08/04/2016
- Disposición final segunda. Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Extremadura. 2 redacciones · cambió el 29/12/2015
- Disposición final tercera. Entrada en vigor. 2 redacciones · cambió el 08/04/2016
- [firma]


