Legislación › Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Artículo 60. Retribuciones del personal funcionario interino.
Artículo 60. Retribuciones del personal funcionario interino.
El personal funcionario interino percibirá las retribuciones básicas y las pagas extraordinarias correspondientes al subgrupo o grupo de adscripción en defecto de aquél. Percibirá asimismo todas las retribuciones complementarias correspondientes al puesto que desempeñe, salvo las correspondientes al complemento de carrera profesional.


