Legislación › Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
Artículo 17. Fomento de la participación juvenil.
Artículo 17. Fomento de la participación juvenil.
Las Administraciones públicas de Aragón fomentarán la participación de la juventud en los asuntos públicos y en la sociedad civil con la finalidad esencial de dotar de legitimidad y adaptar a la realidad juvenil de cada momento sus respectivas políticas de juventud.


