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Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 14 de mayo de 2015 · Último cambio el 17 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios rectores. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Planificación de actuaciones dirigidas a la juventud.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Administraciones públicas competentes.
- Artículo 7. Relaciones administrativas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Órganos con competencias en materia de juventud.
- Artículo 9. Competencias del Gobierno de Aragón.
- Artículo 10. Competencias del departamento competente en materia de juventud.
- Artículo 11. Competencias del Instituto Aragonés de la Juventud.
- Artículo 12. Comisión Interdepartamental en materia de juventud.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Competencias comarcales. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 14. Competencias municipales. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 15. Medios de participación juvenil.
- Artículo 16. Censo de entidades juveniles de Aragón.
- Artículo 17. Fomento de la participación juvenil.
- Artículo 18. Voluntariado juvenil.
- Artículo 19. Observatorio Aragonés de la Juventud. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Sección 2
- Artículo 20. Naturaleza y objeto.
- Sección 3
- Artículo 21. Naturaleza y régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 22. Fines. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 23. Funciones. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 24. Entidades que conformarán el Consejo Aragonés de la Juventud. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 25. Órganos colegiados de gobierno y unipersonales de dirección. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 26. La Asamblea General. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 27. La Asamblea Ejecutiva. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 28. La Comisión Permanente. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 29. Funcionamiento del Consejo Aragonés de la Juventud. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 30. Régimen de personal del Consejo Aragonés de la Juventud. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 30 bis. Régimen económico y patrimonial.
- Artículo 30 ter. Régimen de recursos.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 31. Políticas transversales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 32. Juventud, empleo y autoempleo.
- Artículo 33. Juventud y vivienda.
- Artículo 34. Juventud, educación y cultura.
- Artículo 35. Juventud y deporte.
- Artículo 36. Juventud, ocio y tiempo libre.
- Artículo 37. Juventud, salud y prevención.
- Artículo 38. Juventud y medio ambiente.
- Artículo 39. Juventud y consumo.
- Artículo 40. Juventud y sociedad de la información.
- Artículo 41. Juventud y medio rural.
- Artículo 42. Juventud y convivencia.
- Artículo 43. Juventud y movilidad.
- Artículo 44. Dimensión internacional.
- Artículo 45. Jóvenes de las comunidades aragonesas en el exterior.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 46. Descripción. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- CAPÍTULO II
- Artículo 47. Concepto de información joven.
- Artículo 48. La Red de Información Juvenil.
- Artículo 49. Objetivos.
- Artículo 50. Servicios de información joven.
- Artículo 51. Censo del Sistema Aragonés de Información Joven.
- CAPÍTULO III
- Artículo 52. La formación juvenil en el tiempo libre.
- Artículo 53. Escuelas de tiempo libre.
- Artículo 54. Modalidades de enseñanza y titulaciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 55. Definición y fines.
- Artículo 56. Características y requisitos mínimos.
- Artículo 57. Tipos de instalaciones juveniles.
- Artículo 58. Usuarios de las instalaciones juveniles.
- Artículo 59. Red Aragonesa de Albergues Juveniles.
- Artículo 60. Censo de instalaciones juveniles.
- Artículo 61. Transferencia, delegación y encomienda.
- CAPÍTULO V
- Artículo 62. Definición. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 63. Tipos de actividades.
- Artículo 64. Requisitos.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 65. El Programa Carné Joven.
- Artículo 66. Características y contenido.
- Artículo 67. Gestión.
- CAPÍTULO VI bis
- Artículo 67 bis. Asesorías propias en el ámbito de la juventud.
- Artículo 67 ter. Oficina de emancipación joven.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 68. Fuentes de financiación.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 69. Objeto de la actuación inspectora.
- Artículo 70. Personal inspector.
- Artículo 71. Funciones de la inspección juvenil.
- Artículo 72. Facultades inspectoras.
- Artículo 73. Actas de inspección.
- Artículo 74. Medidas preventivas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 75. Concepto de infracción.
- Artículo 76. Sujetos responsables.
- Artículo 77. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 78. Infracciones leves.
- Artículo 79. Infracciones graves.
- Artículo 80. Infracciones muy graves.
- Artículo 81. Sanciones.
- Artículo 82. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 83. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 84. Caducidad del procedimiento sancionador.
- Artículo 85. Procedimiento sancionador.
- Artículo 86. Medidas provisionales.
- Artículo 87. Órganos competentes.
- Artículo 88. Publicidad de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Autorización de instalaciones juveniles de la Diputación General de Aragón.
- Disposición adicional segunda. Revisión de la relación de puestos de trabajo del Instituto Aragonés de la Juventud.
- Disposición adicional tercera. Autorización de modificaciones presupuestarias.
- Disposición adicional cuarta. Referencia de género.
- Disposición transitoria primera. Régimen sancionador.
- Disposición transitoria segunda. Normativa reglamentaria de aplicación transitoria.
- Disposición transitoria tercera. Composición provisional del Consejo de la Juventud de Aragón.
- Disposición transitoria cuarta. Constitución de la Comisión Gestora y celebración de la primera Asamblea General del Consejo Aragonés de la Juventud. 2 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Disposición transitoria quinta. Reglamento de funcionamiento del Consejo de la Juventud de Aragón.
- Disposición derogatoria única. Disposiciones derogadas.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 19/2001, de 4 de diciembre, del Instituto Aragonés de la Juventud.
- Disposición final segunda. Actualización de sanciones.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


