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Legislación › Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.

Artículo 26. La Asamblea General.

Artículo 26. La Asamblea General.

1. La Asamblea General es el máximo órgano rector del Consejo Aragonés de la Juventud y estará constituida por las entidades miembro, que contarán con tantas personas delegadas como establezca el reglamento de organización y funcionamiento interno.

2. Su funcionamiento, la regulación del voto ponderado, su convocatoria y el régimen de acuerdos serán establecidos por el reglamento de organización y funcionamiento interno.

3. Entre las funciones esenciales de la Asamblea General están:

a) Marcar las líneas generales y la estrategia de la actuación del Consejo.

b) Elegir a las personas que componen la Comisión Permanente del Consejo.

c) Aprobar y modificar el reglamento de organización y funcionamiento interno.

d) Ratificar las admisiones y mociones de expulsión.

e) Aprobar la gestión anual de la Comisión Permanente, en la que se incluirá la memoria, el estado de cuentas y el balance de situación del período correspondiente a su mandato.

f) Cualquier otra que determine el reglamento de organización y funcionamiento interno.

Se modifica por el art. único.5 de la Ley 12/2023, de 30 de marzo. BOE-A-2023-10877

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de mayo de 2023 En vigor BOE-A-2023-10877 Leer Qué cambió
11 de abril de 2015 Texto original Leer

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