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Legislación › Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.

Artículo 22. Fines.

Artículo 22. Fines.

Son fines del Consejo Aragonés de la Juventud:

1. Fomentar y canalizar la participación libre y eficaz de la juventud para el desarrollo político, social, económico y cultural.

2. Representar a la juventud aragonesa y defender sus derechos e intereses de manera global, ante los organismos públicos o privados, en aquellas cuestiones relacionadas con su desarrollo político, social, económico y cultural, dentro del marco de cooperación.

Se modifica por el art. único.5 de la Ley 12/2023, de 30 de marzo. BOE-A-2023-10877

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de mayo de 2023 En vigor BOE-A-2023-10877 Leer Qué cambió
11 de abril de 2015 Texto original Leer

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