Legislación › Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
Artículo 42. Juventud y convivencia.
Artículo 42. Juventud y convivencia.
El Gobierno de Aragón adoptará medidas concretas con el fin de favorecer la convivencia y la inclusión social de las personas jóvenes, tal y como se contempla en los principios rectores de esta ley.


