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Legislación › Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.

Artículo 42. Juventud y convivencia.

Artículo 42. Juventud y convivencia.

El Gobierno de Aragón adoptará medidas concretas con el fin de favorecer la convivencia y la inclusión social de las personas jóvenes, tal y como se contempla en los principios rectores de esta ley.

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