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Legislación › Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.

Disposición transitoria segunda. Normativa reglamentaria de aplicación transitoria.

Disposición transitoria segunda. Normativa reglamentaria de aplicación transitoria.

Hasta que se proceda a la aprobación del desarrollo reglamentario de la presente ley, serán de aplicación las disposiciones autonómicas de carácter general vigentes en las materias reguladas en aquella en tanto no la contradigan.

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