Legislación › Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
Artículo 60. Censo de instalaciones juveniles.
Artículo 60. Censo de instalaciones juveniles.
En el censo general de instalaciones juveniles, adscrito al Instituto Aragonés de la Juventud, se inscribirán todos los albergues, residencias y campamentos juveniles, así como cualquier otra modalidad de instalación juvenil, autorizados o reconocidos de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley.


