LexTotal

Legislación › Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.

Disposición adicional cuarta. Referencia de género.

Disposición adicional cuarta. Referencia de género.

La utilización de sustantivos de género gramatical determinado en referencia a cualquier sujeto, cargo o puesto de trabajo debe entenderse realizada por economía de expresión y como referencia genérica tanto para hombres como para mujeres con estricta igualdad a todos los efectos.

← Disposición adicional tercera Índice Disposición transitoria primera →