Legislación › Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en Extremadura.
Artículo 17. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Preparador Físico.
Artículo 17. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Preparador Físico.
Para ejercer la profesión de Preparador Físico se requiere acreditar una cualificación profesional mediante la posesión del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o licenciatura correspondiente.


