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Legislación › Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

Artículo 15. La consejería competente en materia de administraciones públicas.

Artículo 15. La consejería competente en materia de administraciones públicas.

Corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de administraciones públicas:

a) Mantener la adecuada coordinación con los órganos competentes en materia de personal de las demás administraciones públicas.

b) a d) (Suprimidas).

e) Ejercer las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de Galicia respecto al personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional.

f) Designar a las personas representantes de la Comunidad Autónoma en los tribunales calificadores de procesos selectivos de personal para las entidades locales.

Se suprimen las letras b), c), y d) por el art. 5.3 de la Ley 4/2021, de 28 de enero. BOE-A-2021-4633

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-4633 Leer Qué cambió
24 de mayo de 2015 Texto original Leer

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