Legislación › Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.
Artículo 15. La consejería competente en materia de administraciones públicas.
Artículo 15. La consejería competente en materia de administraciones públicas.
Corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de administraciones públicas:
a) Mantener la adecuada coordinación con los órganos competentes en materia de personal de las demás administraciones públicas.
b) a d) (Suprimidas).
e) Ejercer las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de Galicia respecto al personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional.
f) Designar a las personas representantes de la Comunidad Autónoma en los tribunales calificadores de procesos selectivos de personal para las entidades locales.
Se suprimen las letras b), c), y d) por el art. 5.3 de la Ley 4/2021, de 28 de enero. BOE-A-2021-4633
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-4633 | Leer | Qué cambió |
| 24 de mayo de 2015 | Texto original | Leer |


