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Legislación › Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

Artículo 79. Relaciones entre la carrera horizontal y la carrera vertical.

Artículo 79. Relaciones entre la carrera horizontal y la carrera vertical.

1. El personal funcionario de carrera podrá progresar de forma simultánea en las modalidades de carrera horizontal y vertical.

2. Las relaciones de puestos de trabajo establecerán, en su caso, la categoría profesional mínima que el personal funcionario de carrera deberá reunir para acceder a cada puesto.

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