Legislación › Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente ley y, en concreto:
a) El Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
b) La disposición adicional quinta de la Ley 5/2007, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2008.
Se derogan las letras c) y d) por la disposición derogatoria única.a) de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre. BOE-A-2017-558
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2017 En vigor | BOE-A-2017-558 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | Texto original | Leer |
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