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Legislación › Real Decreto 378/2015, de 14 de mayo, por el que se crea la Academia de Psicología de España y se aprueban sus Estatutos.

Artículo 8. Miembros de Número.

Artículo 8. Miembros de Número.

1. La Academia estará constituida por cincuenta Académicos y Académicas de Número.

2. Para ser elegido Académico o Académica de Número son condiciones de obligado cumplimiento:

a) Ser español.

b) Estar en posesión del título de Doctor.

c) Haberse distinguido en la investigación, docencia, estudio o práctica de la Psicología.

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