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Legislación › Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid.

Artículo 12. Responsabilidad frente a terceros.

Artículo 12. Responsabilidad frente a terceros.

1. Las organizaciones de voluntariado responderán frente a terceros por los daños y perjuicios causados, por acción u omisión, por el voluntario que participe en sus programas, como consecuencia de su actuación.

2. Esta responsabilidad se regirá por la normativa que resulte de aplicación conforme a la naturaleza pública o privada de la organización de voluntariado.

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