Legislación › Orden HAP/1177/2015, de 17 de junio, por la que se regula el Registro de Vehículos del Sector Público Estatal.
Disposición adicional segunda. Medios personales y materiales.
Disposición adicional segunda. Medios personales y materiales.
Las actuaciones previstas en la presente orden se llevarán a cabo con los medios personales y materiales disponibles en el organismo, sin incremento de gasto.
← Disposición adicional primera Índice Disposición transitoria única →


