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Legislación › Orden HAP/1177/2015, de 17 de junio, por la que se regula el Registro de Vehículos del Sector Público Estatal.

Disposición transitoria única. Inscripción de vehículos que a la entrada en vigor de esta orden integren las flotas de los organismos o entidades del sector público estatal.

Disposición transitoria única. Inscripción de vehículos que a la entrada en vigor de esta orden integren las flotas de los organismos o entidades del sector público estatal.

Los responsables de la gestión o administración de los vehículos que sean inscribibles con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2 anterior, deberán solicitar su inscripción en el Registro en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente orden.

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