Legislación › Ley 4/2014, de 22 de diciembre, del Paisaje.
Artículo 13. Instrumentos para la protección, gestión y ordenación del paisaje.
Artículo 13. Instrumentos para la protección, gestión y ordenación del paisaje.
Los objetivos establecidos para la política del paisaje de Cantabria se alcanzarán mediante la elaboración, desarrollo y aplicación de los siguientes instrumentos:
a) Planes especiales del paisaje.
b) Directrices de paisaje.
c) Estudios de paisaje.
d) Proyectos de actuación paisajística.
e) Análisis de impacto e integración paisajística.


