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Legislación › Ley 4/2014, de 22 de diciembre, del Paisaje.

Artículo 13. Instrumentos para la protección, gestión y ordenación del paisaje.

Artículo 13. Instrumentos para la protección, gestión y ordenación del paisaje.

Los objetivos establecidos para la política del paisaje de Cantabria se alcanzarán mediante la elaboración, desarrollo y aplicación de los siguientes instrumentos:

a) Planes especiales del paisaje.

b) Directrices de paisaje.

c) Estudios de paisaje.

d) Proyectos de actuación paisajística.

e) Análisis de impacto e integración paisajística.

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