Legislación › Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
Artículo 40. De la oferta pública de caza.
Artículo 40. De la oferta pública de caza.
1. La oferta pública de caza podrá establecerse sobre los cotos sociales y las zonas colectivas de caza establecidas por las administraciones para este fin.
2. La Consejería establecerá mediante Orden la regulación de la oferta pública y la adjudicación de permisos.
Se modifica por el art. 1.32 de la Ley 2/2018, de 15 de marzo. BOE-A-2018-6000
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de abril de 2018 En vigor | BOE-A-2018-6000 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2015 | Texto original | Leer |


