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Legislación › Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.

Artículo 59. Memorias Anuales de Gestión.

Artículo 59. Memorias Anuales de Gestión.

Los titulares de los Planes de Ordenación Cinegética, los de granjas cinegéticas, así como los organizadores de cacerías, las asociaciones de cazadores y demás titulares, están obligados a presentar anualmente en los órganos provinciales correspondientes, con anterioridad al 1 de abril, información sobre su actividad cinegética realizada en la temporada anterior, así como las mejoras de gestión acometidas, mediante una memoria anual.

Se renumera por el art. 1.53 de la Ley 2/2018, de 15 de marzo. BOE-A-2018-6000

Su anterior numeración era art. 60.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de abril de 2018 En vigor BOE-A-2018-6000 Leer Qué cambió
1 de abril de 2015 Texto original Leer

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