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Legislación › Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola.

ANEXO I

ANEXO I

Información mínima que deberá notificar el agricultor

Nombre y apellidos, o denominación social.

NIF del agricultor de la explotación.

Dirección postal.

Datos de contacto. Al menos una de las siguientes vías de comunicación serán obligatorias: Teléfono, fax o dirección de correo electrónico.

Relación de parcelas o recintos SIGPAC que componen la explotación, de las que se deberá notificar, al menos, la siguiente información:

Código SIGPAC de las mismas. *

Superficie (Has).

Cultivo presente en las mismas.

Autocontroles. De manera voluntaria se podrá indicar si la explotación agrícola realiza algún tipo de autocontrol.

Venta directa al consumidor final **. Se indicará si la explotación agrícola vende directamente al consumidor, pudiendo notificarse esta información de manera independiente a la indicada en el artículo 4.3.

Código o códigos del Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA): este campo solo será necesario para aquellas explotaciones con producción mixta agrícola y ganadera.

* En aquellos términos municipales en los que se hayan producido modificaciones territoriales u otras cuestiones debidamente justificadas (como por ejemplo en el caso de concentraciones parcelarias) que impidan utilizar el código SIGPAC, las Comunidades Autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla podrán determinar la autorización temporal de otras referencias oficiales.

** Facilitarán esta información aquellas explotaciones que realicen cualquier forma de transferencia, a título oneroso o gratuito, realizada directamente por el productor a la persona consumidora final.

Se numera y modifica por el art. único.5 del Real Decreto 578/2017, de 12 de junio. BOE-A-2017-6948

Téngase en cuenta para su aplicación a las explotaciones en funcionamiento lo dispuesto en la disposición transitoria única del citado Real Decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de junio de 2017 En vigor BOE-A-2017-6948 Leer Qué cambió
29 de enero de 2015 Texto original Leer

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