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Legislación › Orden DEF/1265/2015, de 29 de junio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.

Disposición adicional primera. Órganos colegiados.

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Disposición adicional primera. Órganos colegiados.
1. En lo no regulado por esta orden ministerial, el funcionamiento de los órganos colegiados que en la misma se citan se ajustará estará a lo previsto en el título II, capítulo II, sección 3.ª, de la Ley 30/1992, 40/2015, de 26 1 de noviembre, octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sector Público.
2. La pertenencia o participación en las reuniones de estos órganos colegiados no supondrá la percepción de ningún tipo de retribución o indemnización que suponga incremento del gasto público.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de diciembre de 2018 En vigor BOE-A-2018-17600 Leer Qué cambió
1 de julio de 2015 Texto original Leer

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