Legislación › Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
CAPÍTULO VIII
CAPÍTULO VIII
De la autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica
Téngase en cuenta que la sustitución de la expresión "personas con capacidad modificada judicialmente" por "personas con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica" de la rúbrica de este capítulo, por el art. 7.20.3 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. BOE-A-2021-9233, produce efectos a partir del 3 de septiembre de 2021, según determina su disposición final 3.
Se sustituye la expresión "personas con capacidad modificada judicialmente" por "personas con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica" de la rúbrica de este capítulo, con efectos desde el 3 de septiembre de 2021, por el art. 7.20.3 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. BOE-A-2021-9233
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de septiembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9233 | Leer | Qué cambió |
| 23 de julio de 2015 | Texto original | Leer |


