Legislación › Real Decreto 517/2015, de 19 de junio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática y de su Consejo General.
Artículo 65. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
Artículo 65. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
La responsabilidad disciplinaria se extinguirá:
a) Por muerte del inculpado.
b) Por cumplimiento de la sanción.
c) Por prescripción de las infracciones o de las sanciones.
d) Por acuerdo de la corporación colegial competente.


