Legislación › Real Decreto 517/2015, de 19 de junio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática y de su Consejo General.
Disposición adicional primera. Adaptación de los estatutos particulares de los Colegios y Consejos autonómicos.
Disposición adicional primera. Adaptación de los estatutos particulares de los Colegios y Consejos autonómicos.
Los Colegios y Consejos autonómicos existentes en el momento de entrada en vigor de estos Estatutos, dispondrán, a partir de dicha fecha, de un plazo máximo de doce meses para adecuar sus estatutos particulares y su presentación a la Administración pública competente.


