Legislación › Real Decreto 537/2015, de 26 de junio, por el que se aprueban los estatutos de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.
Artículo 46. Administración de los caudales académicos.
Artículo 46. Administración de los caudales académicos.
Los caudales pertenecientes a la Academia serán administrados por la Comisión de Gobierno Interior y Hacienda. La percepción de los ingresos y la realización de los pagos se efectuarán por el Tesorero, con cuenta y razón intervenida por el Censor.


