Legislación › Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2016 y la del 1 de septiembre de 2020.
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Disposición final quinta. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
(Derogada).
Téngase en cuenta que esta disposición se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.t) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. BOE-A-2020-4859
Redacción anterior:
"Disposición final quinta. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Se modifica la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en los siguientes términos:
Uno. Se añade un nuevo apartado al artículo 233.
«5. En el caso de entidades aseguradoras, el mediador designado deberá ser el Consorcio de Compensación de Seguros.»
Dos. En la disposición adicional segunda «Régimen especial aplicable a entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y entidades aseguradoras», se da nueva redacción al apartado 2.h):
«h) Los títulos VI y VII de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras; y el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004 de, 29 de octubre.» octubre.»"
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-4859 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | Texto original | Leer |


