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Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

En vigor Ministerio de Economía y Competitividad · Publicada el 18 de julio de 2015 · Último cambio el 18 de julio de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. CAPÍTULO II
  5. Artículo 2. Órganos de gobierno.
  6. Artículo 3. El pleno.
  7. Artículo 4. El comité ejecutivo.
  8. Artículo 5. El presidente.
  9. Artículo 6. Los vicepresidentes y el tesorero.
  10. Artículo 7. El director gerente.
  11. Artículo 8. El secretario general.
  12. Artículo 9. Pérdida de la condición de miembro del pleno y del comité ejecutivo.
  13. Artículo 10. Procedimiento para la pérdida de la condición de miembro.
  14. Artículo 11. Causas de cese del presidente y de los cargos del comité ejecutivo.
  15. Artículo 12. Régimen de reuniones y convocatorias.
  16. Artículo 13. Funciones del pleno.
  17. Artículo 14. Funciones del comité ejecutivo.
  18. Artículo 15. Reglamento de Régimen Interior y Código de Buenas Prácticas.
  19. CAPITULO III
  20. Artículo 16. Tutela.
  21. Artículo 17. Régimen económico.
  22. Artículo 18. Disposición y administración de bienes patrimoniales.
  23. Artículo 19. Resoluciones y acuerdos recurribles.
  24. Artículo 20. Régimen presupuestario y cuentas anuales.
  25. CAPÍTULO IV
  26. Artículo 21. Electores.
  27. Artículo 22. Censo electoral.
  28. Artículo 23. Candidatos elegibles.
  29. Artículo 24. Apertura del proceso electoral.
  30. Artículo 25. Convocatoria de elecciones.
  31. Artículo 26. Juntas electorales.
  32. Artículo 27. Candidaturas y proclamación.
  33. Artículo 28. Voto por correo.
  34. Artículo 29. Voto electrónico.
  35. Artículo 30. Publicidad Institucional.
  36. Artículo 31. Garantías del proceso.
  37. Artículo 32. Órganos en funciones.
  38. Artículo 33. Constitución de los órganos.
  39. Artículo 34. Provisión en caso de vacantes sobrevenidas en el pleno.
  40. Artículo 35. Elección en caso de vacantes en el comité ejecutivo.
  41. CAPÍTULO V
  42. Artículo 36. Extinción de las Cámaras.
  43. Disposición adicional primera. Régimen de protocolo.
  44. Disposición adicional segunda. Tutela en materia de comercio exterior.
  45. Disposición transitoria única. Designación de vocales del pleno.
  46. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  47. Disposición final primera. Título competencial.
  48. Disposición final segunda. Adaptación al contenido de la norma.
  49. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  50. Firma