Legislación › Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.
Artículo 94. Obligaciones del usufructuario.
Artículo 94. Obligaciones del usufructuario.
Todas las reparaciones, gastos, cargas y contribuciones de los bienes objeto del usufructo poderoso serán de cargo del usufructuario mientras no disponga de los mismos.


