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Legislación › Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Artículo 94. Obligaciones del usufructuario.

Artículo 94. Obligaciones del usufructuario.

Todas las reparaciones, gastos, cargas y contribuciones de los bienes objeto del usufructo poderoso serán de cargo del usufructuario mientras no disponga de los mismos.

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