Legislación › Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Artículo 75. Trienios y derechos pasivos.
Artículo 75. Trienios y derechos pasivos.
El tiempo transcurrido en la situación de segunda actividad será computable a efectos de perfeccionamiento de trienios y de derechos pasivos.


