Legislación › Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Disposición transitoria cuarta. Certificación de antecedentes penales.
Disposición transitoria cuarta. Certificación de antecedentes penales.
Hasta que entre en funcionamiento el Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación a la que se refiere el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil será emitida por el Registro Central de Antecedentes Penales.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 285, de 28 de noviembre de 2015. BOE-A-2015-12888.
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