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Legislación › Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil.

Artículo 34. De la información jurídica.

Artículo 34. De la información jurídica.

La información del Derecho extranjero podrá referirse, al texto, vigencia y contenido de la legislación, a su sentido y alcance, a la jurisprudencia, al marco procedimental y de la organización judicial, y a cualquier otra información jurídica relevante.

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