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Legislación › Aplicación provisional del Convenio de sede entre el Reino de España y la Organización Mundial del Turismo, hecho en Madrid el 25 de junio de 2015.

Artículo 3. Libertad de acción de la Organización.

Artículo 3. Libertad de acción de la Organización.

España garantiza a la Organización la independencia y la libertad de acción inherentes a su condición de institución internacional.

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